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Sentó así jurisprudencia sobre los miles de juicios por la actualización de haberes

La corte tomo partido: Contra el Gobierno y a favor de los jubilados

La Corte Suprema declaró inconstitucional la resolución de la ANSeS que utiliza el gobierno para actualizar los haberes jubilatorios. Solicitó al Congreso que fije el indicador y ordenó que hasta entonces se aplique el índice Isbic. Otra vez Rosenkrantz votó en soledad.



 

En contra de las aspiraciones del Gobierno, la Corte sentó jurisprudencia sobre los miles de juicios por la actualización de haberes que esperan sentencias. El fallo validó el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (Isbic) que venía aplicando la Justicia de la Seguridad Social para todos los jubilados que hubieran iniciado una causa para exigir la reactualización de sus haberes.

 

Este índice era apelado directamente por la Anses, que proponía el uso de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) para calcular el haber inicial. El índice Ripte fue el elegido para la Reparación Histórica. Entre abril de 1995 y febrero de 2009, el Ripte avanzó un 178 por ciento, en tanto que el Isbic creció un 435 por ciento.

 

La Corte declaró como inconstitucional la utilización del Ripte y fijó como criterio único el uso del Isbic. También le encargó al Congreso que legisle, en un tiempo breve, un nuevo índice para calcular las jubilaciones, pero hasta que eso suceda los juicios ya iniciados deberán calcularse con el índice más beneficioso para el jubilado, el Isbic. Se cree que hay unos 150 mil casos en distintas etapas del trámite judicial.

 

 

Página12

 

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