Nación sólo sugiere y delegó a las provincias las medidas de restricciones nocturnas

En Nacionales
enero 08, 2021
El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anunció hoy en Casa de Gobierno el decreto que se publicará en las próximas horas que "detalla cuáles son los indicadores epidemiológicos a la hora de tomar medidas de restricción de circulación para bajar los contagios" de coronavirus.

El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anunció hoy en Casa de Gobierno el decreto que se publicará en las próximas horas que "detalla cuáles son los indicadores epidemiológicos a la hora de tomar medidas de restricción de circulación para bajar los contagios" de coronavirus.

Escoltado por la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, y el ministro de Turismo, Matías Lammens, el titular de la cartera de ministros afirmó que el presidente, Alberto Fernández, y los gobernadores "determinaron una serie de indicadores que son los que expresan el riesgo epidemiológico en algunas zonas" del país.

En ese sentido aclaró que "quienes deben aplicar las medidas" para mitigar la propagación del coronavirus ante el actual escenario de incremento de contagios "son las autoridades provinciales y locales", quienes podrán "avanzar en medidas que restrinjan la circulación y las actividades nocturnas".

Al respecto, el funcionario precisó que "hay zonas donde están creciendo los contagios”, como en Mar del Plata y Pinamar, en las provincias de Santa Fe y Córdoba, pero serán los gobiernos locales quienes podrán ir adaptando sus medidas.

Por su parte, Vizzotti, remarcó que se está atravesando "un momento muy relevante" en el país y en el mundo en relación al aumento de casos de coronavirus, y destacó que acciones como la restricción de las actividades nocturnas "pueden impactar positivamente en ralentizar el aumento de casos".

"De esta manera, podemos captar a las personas con condiciones de riesgo para que reciban la vacuna y así minimizar el impacto en la mortalidad", indicó.

 

Los indicadores

 

El Gobierno Nacional define, a través del decreto, dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:

1-Razón: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra).

2-Incidencia: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150.

Según se explicó, en función de estos indicadores, "el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales, que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna".

Al mismo tiempo, se definió que "el ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas".

Además, "el ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos, con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras".

"La temporada sigue, pero con cuidados"

El ministro de Turismo y

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