sábado, marzo 15, 2025
Más

    Docentes privados reclaman por sus recibos de haberes

    En la tarde del jueves, luego de la firma del acta acuerdo con el Gobierno de la Provincia, desde SADOP Entre Ríos se remitió un modelo de nota para que los trabajadores de la educación del ámbito privado reclamen a sus respectivos empleadores la entrega inmediata de los recibos de haberes de los salarios correspondientes al mes de noviembre de 2024.

    “El motivo de tal reclamo surge ante la malas liquidaciones efectuadas a los docentes entrerrianos; en tal sentido en el acta acuerdo firmada el 5 de diciembre último, desde el gobierno provincial admitieron ´que ante los errores advertidos en las liquidaciones de haberes correspondientes en los meses de octubre y noviembre, es indispensable contar con los recibos de haberes dado que el reclamo debe hacerse vía correo electrónico´”, justificó el gremio.

    Es por ello que el Sindicato Argentino de los Docentes Privados (Sadop) instó a los trabajadores de la educación a iniciar el reclamo correspondiente a fin de poder detectar, como en este caso, liquidaciones salariales erróneas.

    “Desde el sindicato hemos puesto en conocimiento a las autoridades del gobierno entrerriano y del Consejo General de Educación de esta situación anómala para que arbitren las medidas necesarias dado que se afectan los derechos de las y los docentes privados”.

    “Todos los trabajadores en relación de dependencia deben percibir su remuneración con la entrega de un recibo de sueldo”.

    “Deberá figurar la información referente al empleador, a la o el trabajador, a la composición de la remuneración y otros datos obligatorios exigidos por la Ley”.

    ¿Qué debe contener?

    -Nombre íntegro o razón social del empleador, su domicilio y su CUIT.

    -Nombre y apellido del trabajador, su calificación profesional y su CUIL.

    -Todo tipo de remuneración que perciba, con indicación substancial de su determinación.

    -Total bruto de la remuneración básica o fija y porcentual devengado y tiempo que corresponda.

    -Importe de las deducciones que se efectúan por aportes jubilatorios u otras autorizadas.

    -Importe neto percibido, expresado en números y letras, período y banco en el que se efectuó el depósito.

    De no contener los requisitos mínimos normados es legítimo e imprescindible realizar el reclamo correspondiente al Representante o Apoderado/a Legal. (APFDigital)

    ARTÍCULOS RELACIONADOS
    - Publicidad -
    Enersa
    Mosquitos

    MÁS POPULARES

    - Publicidad -
    Dengue