“El motivo de tal reclamo surge ante la malas liquidaciones efectuadas a los docentes entrerrianos; en tal sentido en el acta acuerdo firmada el 5 de diciembre último, desde el gobierno provincial admitieron ´que ante los errores advertidos en las liquidaciones de haberes correspondientes en los meses de octubre y noviembre, es indispensable contar con los recibos de haberes dado que el reclamo debe hacerse vía correo electrónico´”, justificó el gremio.
Es por ello que el Sindicato Argentino de los Docentes Privados (Sadop) instó a los trabajadores de la educación a iniciar el reclamo correspondiente a fin de poder detectar, como en este caso, liquidaciones salariales erróneas.
“Desde el sindicato hemos puesto en conocimiento a las autoridades del gobierno entrerriano y del Consejo General de Educación de esta situación anómala para que arbitren las medidas necesarias dado que se afectan los derechos de las y los docentes privados”.
“Todos los trabajadores en relación de dependencia deben percibir su remuneración con la entrega de un recibo de sueldo”.
“Deberá figurar la información referente al empleador, a la o el trabajador, a la composición de la remuneración y otros datos obligatorios exigidos por la Ley”.
¿Qué debe contener?
-Nombre íntegro o razón social del empleador, su domicilio y su CUIT.
-Nombre y apellido del trabajador, su calificación profesional y su CUIL.
-Todo tipo de remuneración que perciba, con indicación substancial de su determinación.
-Total bruto de la remuneración básica o fija y porcentual devengado y tiempo que corresponda.
-Importe de las deducciones que se efectúan por aportes jubilatorios u otras autorizadas.
-Importe neto percibido, expresado en números y letras, período y banco en el que se efectuó el depósito.
De no contener los requisitos mínimos normados es legítimo e imprescindible realizar el reclamo correspondiente al Representante o Apoderado/a Legal. (APFDigital)