Una omisión formal en la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 6 de diciembre, que admitió la queja de Cecilia Goyeneche contra su destitución como procuradora adjunta de la provincia, mantiene el expediente aún en la Capital Federal. Se trata del cargo de las costas, que no fue aclarado en la resolución y que ahora debe ser corregido por los jueces del máximo tribunal del país. Una vez corregida esta omisión del fallo, el expediente regresará al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, donde comenzará un nuevo derrotero que, se presume, derivará en la restitución de la fiscal en su cargo.
En aquel fallo, la Corte no se pronunció sobre la imposición de costas. Aunque resulta lógico que sea el Estado quien perdió el pleito y deba asumirlas, es algo que debe quedar reflejado en la resolución de la sentencia. Posteriormente, los abogados solicitaron una aclaratoria sobre este punto, por lo que el expediente quedó pendiente de resolución. El expediente ya pasó por el despacho del juez Horacio Rosatti, ahora está en manos de Carlos Rosenkrantz y luego irá a Ricardo Lorenzetti.
Una vez subsanada esta omisión del fallo, el expediente retornará a Entre Ríos en el punto en que se encontraba al momento del recurso presentado por Goyeneche contra su destitución. Lo que la Corte anuló fue la sentencia confirmatoria del proceso de juicio político. En ese momento, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos debería proceder a la reincorporación de Goyeneche al Poder Judicial.
Es importante destacar que no será necesario presentar nuevos argumentos, ya que la Corte ordenó un nuevo pronunciamiento de acuerdo a lo decidido, respaldando la mayoría de las reclamaciones planteadas por Goyeneche en su queja. Por ejemplo, el nombramiento de un fiscal ad hoc, o la parcialidad de jueces involucrados en su contra (como el caso de la vocal Gisela Schumacher, nombrada rápidamente en el cargo y designada como integrante del jurado). El único vocal del máximo tribunal provincial que no ha participado en este proceso es Carlos Tepsich, quien junto a otros dos jueces formará parte del Tribunal encargado de resolver.
La exprocuradora planteará un trámite administrativo para su reincorporación en el cargo, relacionado con la caducidad del proceso y su alta en el Poder Judicial, decisión que debería ser tomada por el procurador general, Jorge García, o el STJ. En caso de que sea rechazado, el reclamo se llevará a nivel judicial.
En 2022, un año después de ser destituida de su cargo, el jurado de enjuiciamiento había removido a Goyeneche por "mal desempeño" en la causa de los contratos irregulares de la Legislatura. El recurso extraordinario para acudir ante la Corte le había sido denegado por el STJ, por lo que decidió apelar a esta instancia con las quejas sobre la ilegalidad e inconstitucionalidad del proceso que la retiró de su función.
El 6 de diciembre, la Corte Suprema determinó que el caso regrese "al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se emita un nuevo dictamen de acuerdo con lo resuelto y se envíe la queja". Es decir, que los reclamos de Goyeneche vuelvan al STJ de Entre Ríos, para que tomen una nueva decisión en relación con la evaluación de constitucionalidad del juicio que culminó con su destitución.
Los jueces supremos fueron contundentes al valorar la actuación de las autoridades judiciales de Entre Ríos. Argumentaron que los vocales Daniel Carubia y Claudia Mizawak no fueron imparciales al intervenir en el caso, un requisito fundamental para cualquier juez. Sin embargo, no se han registrado repercusiones ni peticiones de investigación en ninguna instancia institucional.
"En este caso, es evidente que el máximo tribunal provincial, bajo un argumento inaceptable a la luz de los principios constitucionales, omitió abordar los cuestionamientos pertinentes, formulados en su momento por la acusada, respecto a la falta de imparcialidad del órgano judicial, tanto en lo que respecta a la composición de aquel que emitió la resolución que decidió la apertura del juicio político y trasladó el conocimiento del caso a los miembros del Ministerio Público Fiscal (quienes fueron reemplazados por un fiscal ad-hoc de acuerdo al orden establecido por el tribunal superior de justicia), como en relación con la composición que posteriormente decidió la destitución de Goyeneche", expresaron, tomando como referencia un fragmento de las 32 páginas del fallo.
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