El Gobierno reglamentó la modificación del Impuesto a las Ganancias

En Nacionales
mayo 25, 2021
El Gobierno nacional reglamentó este martes la modificación del Impuesto a las Ganancias a través de la publicación del Decreto 336/2021 en el Boletín Oficial. El cambio, aprobado el pasado 8 de abril en el Congreso, estipula que no pagarán el impuesto los trabajadores que cobren hasta 150 mil pesos mensuales y los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos. Beneficiará a 1.267.000 argentinos.

 

El Gobierno nacional reglamentó este martes la modificación del Impuesto a las Ganancias a través de la publicación del Decreto 336/2021 en el Boletín Oficial. El cambio, aprobado el pasado 8 de abril en el Congreso, estipula que no pagarán el impuesto los trabajadores que cobren hasta 150 mil pesos mensuales y los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos. Beneficiará a 1.267.000 argentinos.

 

A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia que cuenta con las firmas del presidente Alberto Fernández, el ministro de Economía, Martín Guzmán, y el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, la administración nacional puso en vigencia la ley que comenzará a aplicarse en retroactivo, desde el 1 de enero, por lo que se devolverán los descuentos ya realizados a quienes le corresponda.

 

Asimismo, la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el Ripte (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaría de Seguridad Social).

A continuación, los puntos claves de la ley N° 27.617:

– El aguinaldo de los sueldos hasta 150 mil pesos brutos tampoco pagará el impuesto a las Ganancias.

– El personal de salud seguirá eximido hasta septiembre por las guardias u horas extras, en virtud de la pandemia de coronavirus.

– Los gastos de guardería sobre niños de hasta tres años no pagarán Ganancias hasta un tope anual de 67 mil pesos.

– Se duplica la exención por hija o hijo discapacitado que en la actualidad es de 78.833 pesos, y se elimina el tope de edad.

– Quedan eximidos del impuesto los bonos productivos hasta un tope del 40% de la ganancia, y las horas extras de los recolectores de residuos.

– Se podrá deducir de Ganancias herramientas educativas de los trabajadores asalariados por hasta $ 67.071,36 anuales.

– Permite deducir gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos, por hasta $ 67.071,36 anuales.

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