En los últimos días, el cobro de aranceles en la Clínica Municipal del Deportista reavivó el debate público en Concordia sobre el acceso a servicios vinculados a la salud y al deporte en el ámbito municipal. Este cobro no es un hecho aislado, sino que forma parte de un esquema más amplio establecido en la Ordenanza Tributaria N.º 38.777, aprobada por el Concejo Deliberante en diciembre de 2025.
La normativa, a la que accedió HoraDigital, fija los derechos de uso de diversas instalaciones deportivas municipales, así como los valores correspondientes a servicios médicos y actividades deportivas que se desarrollan en el municipio. Entre los servicios arancelados en la Clínica Municipal del Deportista se encuentran el electrocardiograma y la ergometría, ambos con un costo de 25.000 pesos por persona. También se establecen tarifas para el uso del gimnasio, con un valor de 20.000 pesos por persona al mes, y para actividades como boxeo y judo, con un costo mensual de 15.000 pesos por persona.
Estos valores generaron una fuerte repercusión pública, ya que incluyen controles médicos y actividades consideradas fundamentales para la práctica deportiva segura. Además, la ordenanza establece aranceles para el uso de distintas instalaciones deportivas municipales. Por ejemplo, el Albergue Municipal de Deportistas tiene un costo de 15.000 pesos por persona por día. El Gimnasio Municipal cobra 120.000 pesos por turno y 220.000 pesos por día, además de 20.000 pesos por entrenamientos y por clases por hora. Para clases de adultos en disciplinas como vóley, newcom y boxeo, el valor mensual es de 15.000 pesos.
En cuanto al Estadio Ciudad de Concordia, la tarifa es de 100.000 pesos por partido de hasta dos horas y 350.000 pesos por día para otros eventos. La cancha de hockey tiene un costo de 100.000 pesos por día para partidos y 20.000 pesos por entrenamientos. La ordenanza también contempla excepciones al cobro, otorgando al Departamento Ejecutivo Municipal la facultad de eximir el pago cuando los eventos deportivos cuenten con reconocimiento de interés municipal o social por parte del Concejo Deliberante, o cuando la persona solicitante presente una Certificación Negativa emitida y visada por la Subsecretaría de Desarrollo Social.
A pesar de que este esquema de aranceles cuenta con respaldo normativo, su implementación volvió a poner en discusión el rol social del Estado municipal en la promoción del deporte y el acceso a controles médicos esenciales, especialmente para niños, jóvenes y deportistas amateurs.
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