
4- ¿Tengo que imprimir el comprobante de finalización del trámite?
No es necesario imprimirlo ni exhibirlo. Simplemente hay que mostrárselo o anunciárselo oralmente al censista cuando visite la vivienda el día del censo para que lo inscriba en el programa de carga de datos.
5- ¿Es necesario que la persona censista ingrese a mi hogar?
No. Las autoridades sugieren que las preguntas se respondan desde la puerta de la vivienda por razones de prevención sanitaria.
6- ¿Cómo reconozco a la persona censista?
La persona censista usará una pechera, una bolsa con el logo del operativo donde llevarán los cuestionarios y una credencial con su nombre y apellido que los acredita como enviados del INDEC.
7- ¿Qué pasa si no estoy en mi casa el día del censo?
Se decretó que ese día fuese feriado nacional para garantizar el funcionamiento del relevamiento. No es necesario que todas las personas que sean censadas permanezcan en la vivienda, con que una persona mayor de 14 años sea capaz de responder todas las preguntas es suficiente. En caso de que no haya nadie, se puede coordinar con algún vecino la entrega del comprobante de finalización al censista en caso de que haya realizado el censo digital. Si la persona directamente no está en la casa y no completó el cuestionario online, se contará esa vivienda como vacía.
8- ¿Es feriado el día del censo?
Sí, el Congreso de la Nación declaró feriado nacional el miércoles 18 de mayo de 2022 según la ley 24.254, a efectos de que todas las personas puedan ser contadas en el lugar donde residen habitualmente, evitando los desplazamientos de la población. “El Día del Censo, entre las 8 y las 20 horas, no se podrán realizar funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada”, dispone la norma.
9- ¿Es obligatorio hacer el censo?
Sí. “Todas las personas que habitan el territorio nacional tienen que responder las preguntas incluidas en el cuestionario censal, según el artículo 17 del Decreto 726/2020″, explican desde el Indec.
10- ¿Cuál es la diferencia entre vivienda y hogar?
“Para el censo, un hogar es la persona o grupo de personas que viven bajo un mismo techo y comparten sus gastos de comida. Por ejemplo, dos personas que viven juntas y comparten el alquiler, pero cada cual compra su propia comida deben registrarse como dos hogares dentro de la misma vivienda”, es la explicación del organismo encargado de realizar el relevamiento.
11- ¿A quiénes se deben censar en cada hogar?
Son todas las personas que residen y duermen en la vivienda?la mayor parte del tiempo. El instructivo del Indec define esa mayoría como cuatro días o más por semana.
12- ¿Cuánto tiempo demora cargar los datos online?
La carga de informaci&