El Ministerio de Salud publicó hoy en el Boletín Oficial el nuevo protocolo para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), algo que había anunciado ayer el titular de la cartera, Ginés González García y que se preveía, sería una de las primeras medidas de la nueva cartera de salud.
González García aseguró que se trata de una "guía de procedimiento" que cumple con todas las leyes vigentes y que responde a "cánones de la Organización Mundial de la Salud (OMS)", mientras que aclaró que "es parecido", pero no exactamente el mismo protocolo que impulsó Adolfo Rubinstein -sin éxito- semanas atrás ya que la entonces ministra de Desarrollo Social Carolina Stanley lo desconció y luego el propio ex presidente Mauricio Macri lo derogó.
"Es una evolución (respecto al de su antecesor). Tiene alguna introducción de algún elemento técnico no demasiado importante y sí es un poquito más flexible en cómo se aplica la objeción de conciencia, permitiendo que ella exista pero sí garantizando que se cumpla con la ley", comentó el funcionario al hacer el anuncio en una conferencia de prensa en la Casa Rosada.
¿En qué consiste?
La resolución 1/2019 establece el procedimiento para el cumplimiento del derecho al aborto no punible, consagrado en el Código Penal desde 1921 para dos causales: "Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente".
Durante décadas, la segunda causal generó diferencias de interpretaciones pero en 2012, el conocido como fallo F.A.L de la Corte Suprema de Justicia estableció que cualquier aborto de un embarazo producto de una violación, sin importar el salud mental de la mujer, no es punible, tanto para la mujer como para la persona que cause la interrupción del embarazo.
El nuevo documento detalla los pasos y responsabilidades que debe cumplir el personal de la salud para garantizar el derecho a la interrupción legal del embarazo. De hecho, la actualización 2019 toma el nombre de Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (Protocolo ILE).
Los principales puntos son:
– Todos/as los/las profesionales de la salud tienen un rol fundamental en brindar información y orientación a las personas amparadas por el derecho a la interrupción legal del embarazo.
– La solicitante debe firmar un consentimiento informado en donde la manifieste haber recibido información y decidido en forma autónoma, libre de presiones de cualquier tipo, y conociendo cabalmente posibilidades y riesgos, interrumpir el embarazo que cursa
– En casos de que el embarazo haya sido originado por una violación, se debe realizar una declaración jurada en la que la paciente exprese haber sido víctima de un hecho de ese tipo: en ninguna situación es necesario que describa los hechos ni que presente una denuncia policial o judicial.
– La historia clínica debe contener el detalle de todos los pasos realizados durante el proceso de atención, así como también la documentación requerida para la ILE (consentimiento informado y, en los casos de violación, declaración jurada).
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