La ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta, cumple arresto domiciliario con tobillera electrónica desde junio pasado. En ese contexto, el juez del Tribunal Oral Federal 2, Jorge Gorini, dictó nuevas medidas para regular las visitas que recibe en su domicilio de San José 1111.
Entre las nuevas disposiciones, se establece que Cristina Kirchner no podrá recibir visitas de personas ajenas a su núcleo cercano por más de dos horas, con un máximo de tres visitantes por vez y hasta dos veces por semana. Además, para cualquier persona que no forme parte del grupo familiar, custodia policial, médicos tratantes o abogados defensores —quienes están autorizados en listados aprobados— se deberá solicitar una autorización individual, expresa y previa. Esta solicitud deberá incluir una motivación concreta y detallada, así como la fecha y hora previstas para la visita.
El juez Gorini advirtió que ante cualquier incumplimiento o circunstancia que afecte el cumplimiento de estas reglas, podrá revisarse la situación de manera inmediata, adoptarse medidas adicionales e incluso modificarse o dejar sin efecto la modalidad de arresto domiciliario, lo que implicaría el traslado de la ex presidenta a una cárcel común, conforme al artículo 34 de la ley 24.660.
Estas medidas surgen luego de que el 17 de noviembre pasado Cristina Kirchner difundiera en su cuenta de X una reunión con un grupo de nueve economistas que, según indicó, representaban a más de ochenta profesionales y le presentaron un documento de unas cuatrocientas páginas. El tribunal constató que si bien todas las personas que participaron estaban incluidas en una lista presentada el 12 de noviembre, nunca se solicitó autorización para que ingresaran simultáneamente ni para realizar un encuentro colectivo.
El juez Gorini señaló que “la visita de las nueve personas que ingresaron al domicilio no había sido solicitada para que todas ellas concurrieran de manera simultánea, ni tampoco para participar de un encuentro colectivo”. Además, consideró que lo ocurrido “excede los términos de la autorización requerida, así como el sentido común que subyace a la regla oportunamente impuesta”.
El fallo también cuestionó la difusión pública del encuentro por parte de la propia condenada, indicando que “la reunión realizada, en los términos en que fue difundida por la propia involucrada, no sólo demuestra falta de prudencia sino que, además, desconoce la naturaleza punitiva de la prisión domiciliaria y desvirtúa los fines que inspiran esta modalidad”. Añadió que un encuentro de tal magnitud “no se compadece con la lógica de restricción que caracteriza este régimen excepcional”.
El tribunal recordó que el régimen habitual en establecimientos penitenciarios prevé una visita semanal de dos horas y consideró que el esquema vigente para la ex presidenta ya era “suficientemente garantizador” de sus derechos básicos. Los controles del nuevo régimen de visitas estarán a cargo de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal y se realizarán trimestralmente.




