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PROVINCIALES

Ley de Agroquímicos: Rossi responde al «no» de las mujeres del PJ

La Cámara de Diputados dio media sanción el miércoles 23 a la nueva Ley de Agroquímicos en la Provincia que busca reemplazar un andamiaje legal que tiene más de 40 años.



La Cámara de Diputados dio media sanción el miércoles 23 a la nueva Ley de Agroquímicos en la Provincia que busca reemplazar un andamiaje legal que tiene más de 40 años.

 

El proyecto, que utilizó como base una iniciativa legislativa que empezó a discutirse durante la gestión del exgobernador Gustavo Bordet, tuvo acompañamiento dividido: reunió los votos de Juntos, de los diputados libertarios y de una parte del peronismo.

 

Cinco mujeres del PJ, las diputadas María Laura Stratta, Lorena Arrozogaray , Stefanía Cora, Andrea Zoff y Silvia Moreno no acompañaron el proyecto; sí lo hicieron, en cambio, Juan José Bahillo, Sergio Castrillón, José Kramer y Demián Seiler. La diputada Mariel Ávila, esposa del exgobernador Bordet, estuvo ausente de la sesión.

 

El diputado Juan Rossi (Juntos), presidente de la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, había planteado la necesidad de contar con una nueva ley de agroquímicos, que reemplace la que está vigente “que tiene más de 40 años. Es crucial avanzar en una nueva legislación que priorice la salud, un ambiente sano y equilibrado, y que al mismo tiempo permita a los pequeños y medianos productores aumentar su productividad, agregando valor con un menor uso de agroquímicos. Como bien señala nuestro gobernador Rogelio Frigerio, producir y cuidar el ambiente no tienen por qué ser incompatibles”.

 

“Los agroquímicos son un tema que genera mucho debate en la sociedad. Por eso, hemos dedicado tiempo y esfuerzo a generar consenso con los actores sociales involucrados. Hemos recorrido la provincia dialogando tanto con ambientalistas como con pequeños y medianos productores. Todos aquellos que quisieron conversar conmigo fueron escuchados. Este es el proyecto más avanzado del país en términos ambientales, de salud y producción sostenible en relación a los fitosanitarios”.

 

 

El legislador provincial habló de la media sanción en Diputados de la denominada Ley de Buenas Prácticas en la Utilización de Fitosanitarios y Domisanitarios con el programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7.

 

-¿Lo sorprendió el rechazo de las cinco diputadas del PJ?

-No me sorprendió. De todos modos, no lo entiendo. Estuvimos trabajando el proyecto durante seis meses en comisión y estas legisladoras no llevaron un solo aporte. Ni una sola línea llevaron para aportar tanto para modificar lo que había, lo que se venía trabajando en los borradores o para mejorarlo o como propuesta alternativa. Nada. Y en el recinto nadie habló tampoco. Hubo algunas contradicciones evidentes en esa posición. Qué lástima que hubo un trabajo de seis meses con un montón de gente y pudieron haber hecho aporte. Estoy convencido de que la peor propuesta es no tener legislación.

 

Rossi aseguró que hubo consenso social para la media sanción del proyecto y que en los seis meses de trabajo en comisión de escucharon a todos los sectores. “La propuesta tiene un amplio consenso social”, ponderó. “El proyecto que venía de la gestión Bordet se centraba mucho en lo productivo; nosotros le agregamos los aspectos ambientales y de la salud. Además, se incorporaron beneficios para aquellos productores que hagan las cosas bien, y un régimen de sanciones para que el que las haga mal, las pague. Buscamos una normativa que nos lleve a una producción más amigable con el ambiente, sin que sea algo restrictivo. No podemos permitir que las economías regionales se cierren”, añadió.

 

 

El abecé del nuevo escenario

 

En Entre Ríos los fitosanitarios están regulados por la Ley 6.599 de Plaguicidas, sancionada en 1980, durante la última dictadura cívico-militar y ratificada en democracia en 1984.

 

Es una ley de 21 artículos que regula los actos derivados del expendio, aplicación, transporte y almacenamiento de plaguicidas. En ella también se destacan: la obligación de contar con el asesoramiento técnico de un profesional en el expendio y/o aplicación, la creación de los registros de expendedores y aplicadores y sanciones para quien causare daños a terceros.

 

“Desde entonces fueron numerosos tanto los decretos y resoluciones ministeriales en materia fitosanitaria, como los amparos ambientales y fallos judiciales. El 6 de marzo de este año, el Superior Tribunal de Justicia resolvió por unanimidad, entre otras cuestiones, declarar ineficaz e insuficiente la normativa vigente en materia de fitosanitarios para la protección del derecho a la salud y al goce de un medio ambiente sano y sustentable, ordenando al Poder Legislativo de la Provincia de Entre Ríos el dictado de la ley que corresponda en un plazo razonable”, plantea Rossi en un análisis del marco legal existente.

 

El 30 de noviembre del 2022 el gobierno de Gustavo Bordet presentó en la Cámara de Diputados el proyecto de Ley 26.117 de Buenas Prácticas en la Utilización de Fitosanitarios y Domisanitarios. “Una propuesta que tuvo el mérito de haber sido consensuada con la Mesa de Buenas Prácticas Agropecuarias de Entre Ríos, un espacio donde confluyen actores vinculados al mundo productivo, económico, profesional y académico. Sin embargo, pasó más de un año, y aun teniendo mayorías en ambas cámaras, nunca existió la decisión política de aprobarlo”, planteó.

 

Ya con un nuevo gobierno, el 26 de marzo del 2024 desde la Comisión de Recursos Naturales y Ambiente se inició un proceso de discusión abierto y participativo sobre los “escabrosos fitosanitarios”. “Convencido que el proyecto de Ley 26.117/22 no contenía una perspectiva de salud y ambiental adecuada, convocamos a especialistas en toxicología, medicina, veterinaria e ingeniería y a decenas de agrupaciones ambientales, entre otras. Escuchamos a personas afectadas, sindicatos, científicos del INTA, funcionarios provinciales y actores del mundo productivo entrerriano. Asimismo, recorrí la provincia para comprender los posibles impactos en las economías regionales, productores y obreros rurales. Con ambientalistas nos encontramos en lugares contaminados, en Colonia Elía conocí el funcionamiento del protocolo de control de aplicación de fitosanitarios y en el aeroclub de Paraná presencié pruebas de simulación de derivas de aplicaciones aéreas y terrestres. También analizamos variados papers científicos y opiniones escritas. ¡Fueron un montón!”, indicó.

 

 

Rossi destacó las principales novedades respecto de la ley 6.599 de Plaguicidas vigente desde hace 44 años.

 

1) Alcance regulatorio ampliado.

Nuevos deberes para nuevos y viejos actores: importadores, elaboradores, formuladores y fraccionadores, expendedores, asesores, ensayistas, aplicadores, operarios, almacenadores y transportistas y empresas de verificación técnica. Compárese con los 4 actores de la Ley 6.599 vigente.

 

2) Ordenamiento ambiental del territorio.

 

Establece 3 zonas bien diferenciadas: Zona de Exclusión (existe restricción absoluta para aplicaciones de productos fitosanitarios), Zona de Amortiguamiento (pueden aplicarse algunos productos fitosanitarios de forma condicionada: presencia obligatoria del asesor fitosanitario, receta agrónomica digital presentada, aviso con 48 horas de anticipación y condiciones meteorológicas adecuadas) y Zona de Libre Aplicación. Esta zonificación combinada con las modalidades de aplicación (manual, drone, terrestre y aérea) dan como resultado 24 distancias diferenciadas.

 

3) Intensificación ecológica.

En las zonas de exclusión, donde se prohíbe el uso de fitosanitarios, el gobierno deberá otorgar incentivos económicos, beneficios fiscales y/o pago por servicios ambientales a las y los productores que impulsen modelos productivos de intensificación ecológica que contribuyan a un desarrollo rural sostenible.

 

4) Sistema de monitoreo ambiental.

El gobierno provincial, los municipios y comunas promoverán redes de monitoreo ambiental sobre las actividades de aplicación de fitosanitarios y sobre los potenciales efectos en la calidad del suelo, el aire, el agua y la biota. También el sector privado podrá instrumentar sistemas de control y monitoreo de manera complementaria al de las autoridades públicas.

 

5) Inspección, fiscalización y sanción.

Para mejorar las deficientes capacidades estatales de control se incorpora el poder de policía concurrente entre la Provincia, municipios y comunas según lo establece el artículo 83 de la Constitución provincial. Asimismo se crea un Cuerpo de Inspectores exclusivo y en un plazo de 2 años, todos los equipos de aplicación de fitosanitarios deberán contar con dispositivos de contralor tecnológico instalados.

 

6) Régimen sancionatorio ampliado.

 

7) Sumar tecnología.

Además del contralor tecnológico mencionado, se incorporan bajo regulación tecnologías relevantes tales como los productos fitosanitarios de orígen biológico (biofitosanitarios) y los drones para pulverizaciones.

 

8) Buenas prácticas en materia de fitosanitarios.

Toda actividad en territorio entrerriano que utilice productos fitosanitarios deberá regirse por un protocolo de buenas prácticas en materia de fitosanitarios aprobado por el Consejo Asesor Fitosanitario.

 

9) Salud y escuelas rurales.

Enumero: elaboración de un mapa público de georreferenciación para las 781 escuelas rurales entrerrianas, las cuales deberán contar con barreras vegetales en sus perímetros. Implementación obligatoria de protocolos de limpieza en las escuelas después de aplicaciones y de protocolos de actuación ante casos de aplicaciones de productos fitosanitarios en cercanías de escuelas. Por último, vigilancia epidemiológica a las personas afectadas por la exposición aguda o crónica a productos fitosanitarios.

 

10) Educación ambiental.

Campañas de concientización y sensibilización periódicas y programas de educación ambiental en materia de fitosanitarios y sus riesgos, en los términos dispuestos en el artículo 84 de la Constitución entrerriana y la Ley Nº 10.402 de Educación Ambiental.

 

11) Consejo Asesor Fitosanitario.

El Consejo se integra con 17 actores estatales y no estatales, destacándose representantes académicos, el INTA, organizaciones de productores y ambientales, sindicatos de trabajadores rurales y docentes, etc.

 

12) Fondo Fitosanitario Entrerriano.

Básicamente se conforma con el 1% de la recaudación del impuesto inmobiliario rural y las partidas presupuestarias asignadas. Tiene afectación específica, esto es, solo podrá ser utilizado para el cumplimiento de la ley.

 

“Todos sabemos que la producción agropecuaria es estratégica para el desarrollo entrerriano. Comparto unos datos para ilustrar la magnitud del impacto sobre la producción de las reformas propuestas. Para la campaña 2024/25, en Entre Ríos se proyecta sembrar 2,2 millones de hectáreas con cultivos de trigo, maíz, sorgo, soja y arroz. Además, unas 700.000 hectáreas destinadas a los cultivos agrícolas restantes, semillas forrajeras, carne bovina, citrus, pecán, forestal y de pastura. Asimismo, aunque es escaso el uso de productos fitosanitarios, unas 2 millones de hectáreas dedicadas a la ganadería en campo natural. Sumando da un total de casi 5 millones de hectáreas en donde se emplean fitosanitarios con diferente intensidad y frecuencia. Estas casi 5 millones de hectáreas representan el 63% de la superficie total de la Provincia de Entre Ríos (7,8 millones de hectárea)”, analizó.

 

 

 

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