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El Gobierno convocó al Consejo del Salario para el 18 de agosto

El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, firmó la Resolución 7/2022 que llama a determinar los nuevos montos del Salario Mínimo, Vital y Móvil y los valores "mínimo y máximo de la prestación por desempleo"



El Gobierno nacional convocó a los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil para el próximo 18 de agosto, a las 12; y a una segunda sesión, para las 13.30, publicó este jueves el Boletín Oficial.



La Resolución 7/2022 lleva la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.



Como orden del día de la sesión se estableció la "designación de dos consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta" así como la "consideración de los temas elevados al plenario por la comisión del salario".



Estos últimos integrantes de la comisión- fueron convocados " a reunirse en sesión el día 18 de Agosto de 2022, a las 10, mediante plataforma virtual, al efecto de tratar la "determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso a) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias".



También la "determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias", indica el texto. 

 

Cuáles son los montos vigentes

Los montos vigentes se habían acordado el 16 de marzo de este año, momento en que se estableció que se dejaba abierta la posibilidad para efectuar una revisión en agosto, en caso de ser necesario.

La oficialización llegó casi diez días después, el día 25 de ese mes, con una publicación del Boletín Oficial, en la que se ratificó que el incremento se aplicaría en cuatro tramos, todos durante este año 2022. En detalle, se resolvió imponer una suba del 18% a partir del 1 de abril, del 10% en junio, el 10% en agosto y el 7% en diciembre.

El primero de esos aumentos llevó el salario mínimo, vital y móvil (SMVM) a $38.940 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, mientras que la hora para los trabajadores jornalizados pasó a ser de $194,70.

 

En junio, en tanto, el salario mínimo ascendió a $ 42.240, mientras que el valor de la hora para los trabajadores jornalizados comenzó a ser de $ 211,20. A partir del 1° de agosto, el salario es de $ 45.540, y el valor de la hora para los jornalizados llegó a $ 227,70.

 

Para diciembre, según se había estipulado, se pretendía completar el esquema de aumentos con un mínimo de $ 47.850 y un valor de la hora para los jornalizados de $ 239,30.

 

Por su parte, las prestaciones por desempleo también fueron beneficiadas en aquella oportunidad por un aumento gradual. A partir de abril, el monto mínimo quedó en $ 10.817 y el máximo a $ 18.028. Para junio fue de $ 11.733 y $ 19.556, respectivamente; mientras que en agosto llegó a $ 12.650 y $ 21.083. En diciembre, el mínimo por desempleo estipulado era de $ 13.292 y $ 22.153.

 

 

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